Calendario de obligaciones
El calendario de obligaciones reúne en una sola pantalla a todas las empresas que llevas. Muestra qué le toca a cada una en el mes y cuándo vence cada obligación. Ahí registras lo que ya presentaste, para que nada se quede atrás.
Cómo se usa
- Entra a Contabilidad → Obligaciones.
- Elige el mes de las operaciones con las flechas. En septiembre se presenta agosto, por eso el calendario arranca en el mes anterior.
- Cada renglón es una empresa y cada columna, una obligación. El color, el icono y el texto dicen cómo va cada una:
- Vencida: pasó la fecha límite y no hay registro.
- Vence pronto: vence en cinco días o menos.
- Pendiente: todavía hay tiempo.
- Presentada: ya se registró, con su fecha.
- No aplica: ese mes no le tocaba.
- Toca una obligación para registrar la fecha en que se presentó y, si quieres, el número de operación o folio del acuse. Si ese mes no le tocaba, usa No aplica este mes.
- Con Mostrar → Requieren atención ves solo las empresas con algo vencido o por vencer.
Qué obligaciones considera
| Obligación | A quién le toca | Vence |
|---|---|---|
| Declaración mensual (ISR, IVA y retenciones) | Personas morales y físicas con actividad empresarial, profesional, arrendamiento, plataformas y RESICO | Día 17 del mes siguiente |
| DIOT | Los mismos, salvo RESICO | Último día del mes siguiente |
| Balanza de contabilidad electrónica | Los mismos, salvo RESICO | Día 3 (personas morales) o día 5 (personas físicas) del segundo mes siguiente |
| IMSS mensual | Empresas con trabajadores | Día 17 del mes siguiente |
| RCV e INFONAVIT | Empresas con trabajadores, cada dos meses | Día 17 del mes siguiente al bimestre |
| Impuesto sobre nómina | Empresas con trabajadores | Día 17 del mes siguiente en la mayoría de los estados |
Si la fecha límite cae en fin de semana o día festivo, el calendario la recorre al siguiente día hábil. No cuenta los periodos vacacionales que el SAT declara cada año: con ellos el plazo real puede ser más largo, nunca más corto.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sabe el sistema qué le toca a cada empresa?
Por su régimen fiscal (el de la empresa en Configuración › Empresas) y por si tiene trabajadores dados de alta en nómina.
Una de mis empresas no está obligada a la DIOT o a la balanza. ¿Cómo la quito?
Toca Configurar en el renglón de esa empresa y elige No le aplica en esa obligación. El cambio vale para todos los meses. Si en algún momento vuelve a estar obligada, regrésala a Según su régimen.
Pasa, por ejemplo, con las personas físicas con actividad empresarial, profesional, de plataformas o de arrendamiento cuyos ingresos no superan 4 millones de pesos. Están relevadas de presentar la DIOT y de enviar la contabilidad electrónica. Los contribuyentes del RESICO, personas físicas y morales, ya aparecen sin DIOT ni balanza.
¿El calendario presenta las declaraciones por mí?
No. El calendario te dice qué toca y cuándo, y guarda lo que registras. Las declaraciones se presentan en el portal del SAT, del IMSS o de tu estado.
¿Qué empresas veo?
Las que te asignaron en Usuarios → Empresas por usuario. Si no tienes ninguna asignada, ves todas las de la cuenta.