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Aguinaldo de todos los trabajadores

Actualizado el 5 de octubre de 2026

En Nóminas especiales → Aguinaldo FiscalCloud calcula el aguinaldo de todos los trabajadores activos (y de las bajas del año, si lo pides), te deja ajustar cada renglón y timbra un recibo extraordinario por persona.

Cómo timbrar el aguinaldo

  1. Entra a Nómina → Nóminas especiales; se abre la pestaña Aguinaldo.
  2. Elige el Año, la Fecha de pago y el método de ISR (art. 174 del Reglamento o art. 96).
  3. Revisa cada renglón: puedes cambiar los días de aguinaldo, los días trabajados y el sueldo mensual ordinario con que se calcula el ISR, o quitar a alguien con Incluir.
  4. Toca Timbrar aguinaldo. Los recibos se emiten en segundo plano y la campana te avisa al terminar.
Aguinaldo calculado de todos los trabajadores

Cómo se calcula

  • Importe = salario diario × días de aguinaldo × días trabajados del año ÷ días del año. Los días de aguinaldo son los de la empresa (Recibos de nómina → Configuración, mínimo 15) o los que tenga el trabajador en su ficha. Los días trabajados van desde su fecha de ingreso y restan faltas y permisos sin goce; las incapacidades no restan.
  • Exento: hasta 30 UMA (percepción 002); el resto es gravado.
  • ISR: por la opción del art. 174 del Reglamento de la LISR (el gravado se lleva a promedio mensual, se obtiene la tasa marginal sobre el sueldo mensual ordinario y se aplica al gravado), o por el art. 96 (se suma al sueldo del mes). Elige el método arriba; el art. 174 suele dar menos impuesto. No lleva IMSS.

Puedes cambiar por trabajador los días de aguinaldo, los días trabajados y el sueldo mensual con que se calcula el ISR.

Emisión

El botón Timbrar aguinaldo manda los recibos a segundo plano: ves el avance y recibes aviso en la campana al terminar. Se necesita un timbre por recibo; sin timbres suficientes no se emite ninguno. Un trabajador con aguinaldo del año ya timbrado no vuelve a salir (si cancelas ese recibo, sí).

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se paga?

A más tardar el 20 de diciembre (LFT art. 87). El calendario de obligaciones lo muestra en diciembre.

¿Cómo se contabiliza?

La percepción 002 va a la subcuenta de aguinaldo (601-12) al contabilizar la nómina del mes.

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