Derechos de los trabajadores del hogar

Por: gusbit network Fecha:04/04/23
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Derechos de los trabajadores del hogar

Con el paso de los años hemos evolucionado como humanidad, sin embargo aún hay mucho que trabajar para lograr ser una sociedad 100% respetuosa, libre y digna.

Anteriormente e incluso alguna personas aún en la actualidad se refieren a las trabajadoras del hogar, como "mi muchacha" o "la criada" e incluso "la sirvienta", pero afortunadamente estos términos ya no están bien vistos ni son correctos, así que si tú aún los utilizas es importante que te deconstruyas al respecto.

El Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, se conmemora cada año el 30 de marzo desde 1988 y tiene como propósito promover el valor del trabajo del hogar y convocar acciones para reivindicar los derechos de quienes lo realizan, en su mayoría mujeres.

Con motivo de conmemorar esta fecha con tan poca visibilidad pero con tanta importancia, el día de hoy aquí en FiscalCloud haremos de tu conocimiento las obligaciones que tienen los empleadores de las trabajadoras del hogar, con motivo de continuar impulsando la visibilidad del respeto que todos merecemos.

La persona empleadora de la persona trabajadora del hogar tendrá las obligaciones inherentes que establezcan la presente Ley y sus reglamentos; adicionalmente, deberá cumplir lo siguiente:

  1. Deberá registrar e inscribir a la persona trabajadora del hogar a la fecha de inicio de la relación laboral, para salvaguardar sus derechos, por los días que labore durante el mes calendario, así como presentar los documentos y datos que el Instituto solicite para tal efecto;
  2. Con base en la información proporcionada por la persona empleadora de la persona trabajadora del hogar, el Instituto calculará la propuesta de cédula de determinación de las cuotas obrero patronales correspondientes, distinguiendo la cuota obrera de la patronal. La persona empleadora no determinará las cuotas obrero patronales. La persona empleadora deberá retener la cuota obrera que corresponde a la persona trabajadora del hogar por su aseguramiento y enterarla junto con la cuota patronal a su cargo;
  3. La persona empleadora de la persona trabajadora del hogar está obligada a pagar los importes determinados de las cuotas obrero patronales en los formatos impresos o usando el programa informático autorizado por el Instituto;
  4. El pago de las cuotas obrero patronales correspondientes al mes de inicio de la relación laboral deberá efectuarse en términos de la periodicidad establecida en el artículo 39 de esta Ley;
  5. El aseguramiento y el entero de las cuotas obrero patronales correspondientes a los meses subsecuentes al mes de inicio de la relación laboral, se deberá hacer por anticipado, con la periodicidad por la que opte la persona empleadora, ya sea periodo mensual, bimestral, semestral o anual;
  6. Tratándose del pago por anticipado, el aseguramiento iniciará en el mes inmediato posterior al del pago;
  7. Tratándose del mes de inicio de la relación laboral, la cobertura se otorgará a partir del primer día de aseguramiento y hasta el último día del mes calendario que corresponda, siempre y cuando se entere al menos el monto de las cuotas obrero patronales equivalentes al valor del salario base de cotización mínimo integrado de la Ciudad de México por los días comprendidos en la cobertura. En caso contrario, la persona trabajadora del hogar quedará cubierta por los días que la o las personas empleadoras reportaron, y
  8. En caso de pago anticipado, el aseguramiento será por el mes completo, siempre y cuando se entere al menos el monto de las cuotas obrero patronales equivalentes al valor del salario base de cotización mínimo integrado mensual de la Ciudad de México. En caso contrario, la persona trabajadora del hogar quedará cubierta por los días que la o las personas empleadoras reportaron.

De igual manera si tú eres una trabajadora del hogar es importante que conozcas tus derechos y obligaciones, así como tus empleadores. Las trabajadoras del hogar, a partir de la reforma que se llevó a cabo a finales del año 2023, ahora tienen acceso a la seguridad social. Haz valer tus derechos y respeta los derechos de los demás.

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